Bajas de vehículos

La baja definitiva de un vehículo hay que tramitarla necesariamente a través de un desguace o centro de tratamiento autorizado, donde será retirado de la circulación y destruido o reciclado. Estos centros son los que emiten un certificado que acredita la baja definitiva y lo comunican electrónicamente a Tráfico y a los ayuntamientos, para la baja en el Impuesto de circulación. No es por lo tanto necesario acudir a las oficinas de las Jefaturas de Tráfico.

A través de Gestoría Suárez y en aplicación del convenio con la Dirección General de Tráfico, es posible también solicitar la baja temporal de un coche, moto, camión, o cualquier tipo de vehículo.

Las bajas temporales tienen una duración de un año, prorrogable por anualidades. Durante ese periodo, el vehículo no puede circular y por ello estará exento del pago del Impuesto Municipal de Circulación. Si va a permanecer estacionado en la vía pública, eso si, deberá mantener el seguro obligatorio y en vigencia la Inspección Técnica (ITV).

Si el vehículo se ha extraviado o le han sustraído la documentación, el titular deberá rellenar una declaración responsable, indicando sus datos y los del vehículo en la que explicará el motivo por el que no puede presentar la documentación.

Las bajas temporales se solicitan normalmente cuando hay una previsión de que el vehículo volverá a circular. Por ello, las bajas temporales son reversibles y puede reactivarse el alta del vehículo.

En Gestoría Suárez te asesoramos sobre la opción que más te interesa y realizamos todos los trámites de forma rápida y segura.

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Teléfono de información o whatsapp : 675 31 51 18 email: info@gestoriasuarez.es

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